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Ley
Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno tiene la obligación de meterle temas del campo y del desarrollo rural en las escuelas, sobre todo en las de nivel básico como primaria y secundaria, para que los niños y jóvenes aprendan desde chiquitos sobre el campo y sus valores. También deben hacer que la televisión, la radio y otros medios de comunicación ayuden a crear conciencia sobre la importancia de lo rural y a dar a conocer proyectos para el campo. Por último, la Secretaría de Educación de la Ciudad de México, junto con otras autoridades, tiene que lograr que las universidades y los centros de investigación formen expertos en desarrollo agropecuario y rural.

Texto oficial

Artículo 26.- Las autoridades competentes promoverán la incorporación de contenidos de desarrollo agropecuario y rural, conocimientos, valores y competencias, en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, así como en la formación cultural de la niñez y la juventud. Asimismo, propiciarán la participación comprometida de los medios de comunicación masiva en el fortalecimiento de la conciencia rural y la socialización de proyectos de desarrollo agropecuario y rural. La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, en coordinación con la Secretaría, promoverá que las instituciones de Educación Superior y los organismos dedicados a la investigación científica y tecnológica, desarrollen la formación de especialistas en la materia de desarrollo agropecuario y rural.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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