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Ley
Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Artículo
54

Artículo 54 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a ayudar a que los productores del campo, como tú, puedan participar en ferias y exposiciones para vender tus productos. Esto lo hará a través de apoyos económicos o en especie, llamados ayudas sociales. La idea es que tengas más oportunidades de dar a conocer lo que produces y puedas venderlo directamente a la gente.

Texto oficial

Artículo 54.- La Secretaría promoverá la participación de productoras y productores rurales en ferias y exposiciones para la comercialización de sus productos mediante ayudas sociales. Capítulo XII De la Organización Productiva

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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