Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-desarrollo-agropecuario-rural-sustentable/55
Ley
Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Artículo
55

Artículo 55 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 55 dice que el Gobierno de la Ciudad de México va a apoyar la creación de grupos, empresas del campo y organizaciones rurales, y también va a fortalecer las que ya existen. La meta es mejorar cómo se produce, procesa y vende lo que se cultiva, cría o pesca en el campo, como frutas, verduras, carne o pescado. Se le va a dar preferencia a la gente más pobre y a sus grupos, para que reciban ayuda como capacitación, difusión de programas del gobierno y formación de técnicos y líderes. También se promoverá que estas organizaciones sean más fuertes y puedan negociar mejor con otros.

Texto oficial

Artículo 55.- El Gobierno de la Ciudad de México fomentará la integración de asociaciones y, organizaciones, agroindustrias y empresas rurales, y fortalecerá las existentes, a fin de impulsar el mejoramiento de los procesos de producción, industrialización y comercialización de los productos agropecuarios, acuícola y forestales. Lo anterior, dando prioridad a los sectores de población más débiles económica y socialmente y a sus organizaciones, a través de las siguientes acciones: Habilitación de las organizaciones de la sociedad rural para la capacitación y difusión de los programas oficiales y otros instrumentos de política para el campo; Capacitación de cuadros técnicos y directivos; Promoción de la organización productiva y social en todos los órdenes de la sociedad rural; Constitución de figuras asociativas para la producción y desarrollo rural sustentable; Fortalecimiento institucional de las organizaciones productivas y sociales; Fomento a la elevación de la capacidad de interlocución, gestión y negociación de las organizaciones del sector rural; y Las que determine el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.