- Ley
- Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
- Artículo
- 57
Artículo 57 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu organización quiere pedir dinero del gobierno para proyectos en el campo, tienes que seguir al pie de la letra las reglas del programa al que le pidas el apoyo, ya sea estatal o federal. Esto aplica tanto a grupos económicos como a organizaciones sociales. No importa si tu proyecto es muy bueno o lo organizas por tu cuenta: mientras uses recursos públicos, te toca cumplir con los requisitos que ya están establecidos.
Texto oficial
Artículo 57.- Las organizaciones económicas y sociales que realicen programas propios del sector rural para acceder a recursos públicos, deberán sujetarse a las reglas de operación de los programas locales y federales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.