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Ley
Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Artículo
61

Artículo 61 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 61 dice que, dentro del Programa Rural, el gobierno de la Ciudad de México va a dar apoyos, sobre todo a la gente que la está pasando más difícil en el campo, como quienes viven en pobreza extrema en zonas muy marginadas. Si eres campesino o trabajas en el campo y recibes este apoyo, no te quedas fuera de otros programas, es decir, puedes pedir también ayuda de otros apoyos del gobierno.

Texto oficial

Artículo 61.- En el marco del Programa Rural, el Gobierno de la Ciudad de México promoverá apoyos con prioridad a los grupos vulnerables de las regiones de alta y muy alta marginación caracterizados por sus condiciones de pobreza extrema, en el medio rural; ser beneficiaria o beneficiario de estos apoyos, no limita a las y los productores y demás personas, al acceso a otros programas.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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