- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para escoger a los registradores y certificadores, primero se hará un concurso, que es como un examen o prueba abierta a todos, pero también cerrada porque solo pasan los mejores. Las reglas de ese concurso se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico donde el gobierno anuncia sus decisiones oficiales. Así, cualquier persona que cumpla con los requisitos puede participar y tener oportunidad de quedar en el puesto.
Texto oficial
Artículo 14. Los registradores y certificadores serán designados mediante concurso de selección abierto y cerrado, conforme a las bases que para tal efecto sean publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.