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Ley
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículo
33

Artículo 33 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 33 dice que la planeación del desarrollo urbano (cómo se organizan las ciudades y los terrenos) está definida en tres documentos oficiales: el Programa General de Desarrollo Urbano, que aplica para toda la ciudad; los Programas Delegacionales, que son para cada alcaldía; y los Programas Parciales, que son para zonas más específicas. Las dos últimas partes que aparecen como "Derogada" ya no existen, o sea, ya no son válidas.

Texto oficial

Artículo 33. La planeación del desarrollo urbano se contiene en los siguientes ordenamientos jurídicos: El Programa General de Desarrollo Urbano; Los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano; Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano; Derogada Derogada.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.