- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 59
Artículo 59 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para instalar, dar mantenimiento o quitar tuberías que transportan líquidos o gases en la Ciudad de México, necesitas pedir permiso. Ese permiso se tramita siguiendo lo que diga el Reglamento de la ciudad y otras leyes relacionadas. En pocas palabras, no puedes hacer trabajos con ductos sin antes obtener la autorización correspondiente.
Texto oficial
Artículo 59. Para la instalación y uso de la infraestructura, su mantenimiento o el retiro de ductos y conducción de toda clase de fluidos en el Distrito Federal, se requerirá autorización en los términos establecidos en el Reglamento y en los demás ordenamientos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.