- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 89
Artículo 89 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si el gobierno te da un permiso, una licencia o cualquier documento oficial por error (sin querer), por engaño (mentiras) o por mala fe (intención de hacer trampa), entonces el gobierno mismo puede anularlo, es decir, dejarlo sin efecto. También puede cancelarlo si ese documento no cumple con las leyes o si después aparecen razones de interés público, como proteger a la comunidad. Si el gobierno decide anularlo por su cuenta, debe seguir un juicio especial ante un tribunal administrativo. Además, aparte de esto, la persona que cometió el error o el engaño puede enfrentar castigos legales.
Texto oficial
Artículo 89. Las constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registros de manifestaciones, dictámenes y demás actos administrativos que hubieran sido celebrados por error, dolo o mala fe, serán declarados nulos por la Administración Pública. También los revocará de oficio cuando no cumplan con las disposiciones legales aplicables o sobrevengan cuestiones de interés público. En su caso, promoverá el procedimiento de lesividad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, independientemente de las responsabilidades administrativas o penales que resulten.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.