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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-donacion-altruista-alimentos/20
Ley
Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la Secretaría junto con las Alcaldías va a dar un reconocimiento público a las personas y empresas que donan alimentos y ayudan a los más necesitados de la Ciudad de México. Este premio es para quienes se hayan destacado por su generosidad y apoyo a la gente que menos tiene. Con esto, se busca agradecer y motivar a más personas a donar comida.

Texto oficial

ARTÍCULO 20.- La Secretaría en coordinación con las Alcaldías, entregará anualmente un reconocimiento público a los donantes y donatarios de alimentos que se hayan distinguido por sus contribuciones en favor de los ciudadanos menos favorecidos de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.