- Ley
- Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un funcionario público deja su puesto y no entrega como debe el reporte de los asuntos y recursos que manejaba, el órgano de control interno le va a pedir por escrito que lo haga en un plazo de 15 días hábiles a partir de que se fue del puesto. Si aún así no cumple, se vuelve responsable y puede tener consecuencias legales según la ley que castiga a los servidores públicos que faltan a sus obligaciones.
Texto oficial
Artículo 11.- Cuando el servidor público saliente no proceda a la entrega en los términos de esta Ley del informe sobre los asuntos y recursos a su cargo, será requerido por el órgano de control interno correspondiente, para que en un lapso de quince días hábiles contados a partir de la fecha de su separación, cumpla con esta obligación. Si el servidor público saliente dejare de cumplir esta obligación, será responsable en los términos de la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos. (REFORMADO, G.O. 22 DE FEBRERO DE 2018)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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