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Ley
Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un servidor público termine su trabajo, debe tener sus documentos y reportes al día para que la persona que lo reemplace pueda recibir todo sin problemas. Además, por 40 días hábiles (osea, sin contar sábados, domingos ni días festivos) después de irse, tiene que mantener su dirección y teléfono actualizados para que lo puedan localizar si hay dudas sobre lo que entregó.

Texto oficial

Artículo 12.- Con el propósito de dar cumplimiento al contenido de este ordenamiento y hacer posible la entrega oportuna y debida de los asuntos y recursos a su cargo, los servidores públicos sujetos a esta Ley deberán mantener permanentemente actualizados sus registros. Controles y demás documentación relativa a su gestión. Asimismo, por un periodo de cuarenta días hábiles deberán de conservar su domicilio registrado y sus números telefónicos disponibles para ser localizados en caso de dudas o aclaraciones respecto a sus resultados del acto de entrega-recepción.

Ver texto oficial de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.