- Ley
- Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se termina el cargo de un servidor público, se hace un proceso formal para entregar todo al que llega. En ese evento deben estar presentes: el funcionario que se va, el que entra, y un representante de la Contraloría (que es como el área que vigila que se hagan bien las cosas). Además, si lo piden, pueden asistir ciudadanos o miembros de organizaciones de la sociedad civil que vivan en la zona que gobierna esa dependencia. Esto es para que haya más transparencia y cualquiera pueda ver que la entrega se hace correctamente.
Texto oficial
Artículo 5.- En la entrega-recepción final intervendrán: El servidor público titular saliente; El servidor público titular entrante; El representante de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México o la Contraloría Interna, según sea el caso. A solicitud expresa, representantes de organismos de la Sociedad Civil o ciudadanos habitantes de la demarcación territorial que corresponde a la jurisdicción del gobierno que participa en el acto de entrega-recepción
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.