- Ley
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo aplica a talleres mecánicos, de hojalatería y pintura, eléctricos, de lavado y otros servicios para autos. Te dice que debes tener áreas separadas para guardar herramientas, refacciones y líquidos como gasolina o thiner, y está prohibido tirar residuos sólidos o líquidos en las alcantarillas. Además, las zonas donde se hacen las reparaciones deben estar separadas entre sí para que cada servicio tenga su propio lugar. También tienes que contratar un seguro que cubra robos o daños a los coches que te dejen para reparar. Si lavas autos, debes tener sistemas para reciclar y reusar el agua, y no puedes usar la calle para trabajar.
Texto oficial
Artículo 42.- En los establecimientos mercantiles donde se presten los servicios de reparaciones mecánicas, hojalatería, pintura, eléctricas, electromecánicas, de lavado y/o engrasado; lavado de vehículos, vestiduras; instalación de alarmas y/o accesorios similares de vehículos automotores, deberán: Contar con áreas para la ubicación de herramientas y refacciones, así como para almacenar gasolina, aguarrás, pintura, thiner, grasa y demás líquidos o sustancias que se utilicen en la prestación de los servicios; Abstenerse de arrojar los residuos sólidos y líquidos en las alcantarillas, sujetándose a las disposiciones que para el tratamiento de dichas sustancias señalen las autoridades competentes; Las áreas de reparación deberán estar separadas unas de otras, para que los diferentes servicios se presten en lugares determinados; Contratar un seguro contra robo y daños a terceros, que cubra cualquier daño que se pudiera ocasionar a los vehículos dados en custodia para su reparación; y En el caso de los establecimientos mercantiles que tengan el giro de lavado de vehículos deberán contar con sistemas de reciclado y reutilización de agua. Está prohibida la utilización de la vía pública para la prestación de los servicios a que se refiere este artículo y cualquier otro relacionado con la prestación de los mismos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.