- Ley
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gobierno es la encargada de supervisar que las Alcaldías cumplan con lo que les toca hacer según la ley. También puede ordenar que ciertos negocios cierren en días u horas específicas, pero antes debe avisar publicándolo en la Gaceta Oficial y en un periódico nacional, para evitar problemas de seguridad o desorden. Tiene que revisar que el registro de todos los negocios (llamado padrón) tenga información completa, como el nombre del establecimiento, su dueño, horario, si vende alcohol, y los resultados de las últimas tres visitas de inspección. Además, debe juntar, publicar y mantener actualizado ese padrón de todos los negocios de la Ciudad de México. Por último, también debe hacer cualquier otra cosa que le pida la ley o las reglas aplicables.
Texto oficial
Artículo 5.- Corresponde a la Secretaría de Gobierno: Coordinar y evaluar el debido cumplimiento de las atribuciones y obligaciones conferidas a las Alcaldías en la Ley; Ordenar, mediante acuerdo general que deberá publicar previamente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en al menos un diario de circulación nacional, la suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles en fechas u horarios determinadas, con el objeto de vigilar que no se alteren el orden y la seguridad pública; Vigilar que el contenido del padrón de establecimientos mercantiles, incluya de forma detallada y pormenorizada por lo menos los siguientes rubros: Nombre del establecimiento mercantil; Domicilio; Nombre del dueño o representante legal; Fecha de apertura; Tipo de permiso; Horario permitido; En su caso, permiso para la venta de bebidas alcohólicas; En su caso, resultado y fecha de las últimas tres verificaciones, así como los nombres de los verificadores la integración, y actualización del Padrón compete a las Alcaldías. Integrar, publicar y mantener actualizado el padrón de establecimientos mercantiles de la Ciudad de México; y Las demás que señalen la Ley y otras disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.