- Ley
- Ley de Evaluación de la Ciudad de México
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser consejero o consejera necesitas cumplir varios requisitos: ser mexicano y poder votar, haber vivido en la CDMX los últimos 3 años, tener al menos 5 años de experiencia comprobable en temas como evaluación, bienestar, pobreza, políticas sociales, economía, medio ambiente, seguridad o desarrollo urbano, y contar con título y cédula profesional. También debes evitar cualquier conflicto de intereses, no haber dirigido un partido político a nivel nacional o estatal en los últimos 5 años, no estar impedido para trabajar en el gobierno y tener buena reputación. Además, el Consejo debe cumplir con la paridad de género y al menos 3 de sus miembros deben pertenecer al Sistema Nacional de Investigadores.
Texto oficial
Artículo 10. Para ser persona consejera se requiere cumplir con los siguientes requisitos: Contar con ciudadanía mexicana, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; Acreditar residencia efectiva en la Ciudad de México durante los tres años anteriores al día de la designación; Contar con conocimiento y experiencia comprobable cuando menos de 5 años en el campo de la evaluación, o en alguna de las áreas de bienestar, pobreza y desigualdad, políticas sociales, económicas, de medio ambiente, de seguridad ciudadana o de desarrollo urbano y rural; Contar con título y cédula profesional; No tener conflicto de intereses para el desempeño de su encargo; No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en partido político alguno durante los cinco años anteriores a su designación; No estar inhabilitada para ocupar cargos públicos, y Gozar de buena reputación. En la integración del Consejo se cumplirá con el principio de paridad de género y se garantizará que, al menos tres de las personas consejeras, pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores del Consejo de Ciencia y Tecnología.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.