Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-evaluacion/10
Ley
Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser consejero o consejera necesitas cumplir varios requisitos: ser mexicano y poder votar, haber vivido en la CDMX los últimos 3 años, tener al menos 5 años de experiencia comprobable en temas como evaluación, bienestar, pobreza, políticas sociales, economía, medio ambiente, seguridad o desarrollo urbano, y contar con título y cédula profesional. También debes evitar cualquier conflicto de intereses, no haber dirigido un partido político a nivel nacional o estatal en los últimos 5 años, no estar impedido para trabajar en el gobierno y tener buena reputación. Además, el Consejo debe cumplir con la paridad de género y al menos 3 de sus miembros deben pertenecer al Sistema Nacional de Investigadores.

Texto oficial

Artículo 10. Para ser persona consejera se requiere cumplir con los siguientes requisitos: Contar con ciudadanía mexicana, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; Acreditar residencia efectiva en la Ciudad de México durante los tres años anteriores al día de la designación; Contar con conocimiento y experiencia comprobable cuando menos de 5 años en el campo de la evaluación, o en alguna de las áreas de bienestar, pobreza y desigualdad, políticas sociales, económicas, de medio ambiente, de seguridad ciudadana o de desarrollo urbano y rural; Contar con título y cédula profesional; No tener conflicto de intereses para el desempeño de su encargo; No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en partido político alguno durante los cinco años anteriores a su designación; No estar inhabilitada para ocupar cargos públicos, y Gozar de buena reputación. En la integración del Consejo se cumplirá con el principio de paridad de género y se garantizará que, al menos tres de las personas consejeras, pertenezcan al Sistema Nacional de Investigadores del Consejo de Ciencia y Tecnología.

Ver texto oficial de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.