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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-evaluacion/7
Ley
Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Artículo
7

Artículo 7 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Congreso se compromete a darle al Consejo el dinero que necesite para hacer bien su trabajo, y debe hacerlo a tiempo y sin rodeos. Esto significa que no pueden retrasar los recursos ni dar menos de lo que se requiere. Así se aseguran de que el Consejo cumpla con todo lo que tiene que hacer según la ley. En pocas palabras, es como cuando te pagan puntual y completo para que puedas hacer tu chamba sin pretextos.

Texto oficial

Artículo 7. El Congreso asignará el presupuesto necesario para garantizar de manera oportuna y eficiente el cumplimiento de las obligaciones conferidas al Consejo.

Ver texto oficial de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.