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Ley
Ley de Filmaciones de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay ciertas actividades para hacer películas, series o videos que solo necesitan avisar gratis a las autoridades, sin pagar ni pedir permisos especiales. Por ejemplo, puedes reservar lugares de estacionamiento para los vehículos del equipo de grabación, siempre y cuando sigas las reglas de tránsito. También puedes estacionar esos vehículos solo en lugares permitidos, cargar y descargar equipo sin bloquear el tráfico, e instalar cámaras, luces, grúas y cables en espacios públicos, pero sin estorbar a los coches. Si los cables cruzan la calle, debes poner protectores para que autos, bicicletas y peatones pasen seguros. Por último, si tú o tu equipo violan las reglas de tránsito, les pueden aplicar multas o sanciones según la ley.

Texto oficial

Artículo 26.- Las actividades relacionadas con el sector audiovisual que sólo requieren la presentación de un Aviso cuyo trámite será gratuito, son las siguientes: Llevar a cabo, dentro del marco normativo, las acciones que les asegure la disponibilidad de los lugares de estacionamiento para los vehículos de la producción; Estacionar los vehículos de la producción en los lugares autorizados por las disposiciones de tránsito y de cultura cívica; Efectuar la carga y descarga permanente del equipo, accesorios y enseres del sector audiovisual, de los vehículos de la producción, sin obstruir el tránsito vehicular; Instalar en los bienes de uso común del Distrito Federal herramientas, equipos de cámaras, sonido, vídeo, tramoya e iluminación, paralelos, todo tipo de grúas, así como todos los accesorios y enseres del sector audiovisual, sin obstruir el tránsito vehicular; Tender los cableados, junto con las cajas de conexión eléctrica (“spiders”) en los bienes de uso común del Distrito Federal. Cuando el cableado cruce una vía de tránsito vehicular se deberá instalar un pasa cables, así como llevar cabo las medidas que permitan el tránsito fluido y seguro de vehículos, bicicletas y peatones; La violación de las disposiciones de tránsito y de cultura cívica atribuibles a los productores o al personal a su cargo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.