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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fomento-lectura-libro/13
Ley
Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México, junto con las universidades (tanto públicas como privadas), va a crear programas para promover la lectura. Estos programas pueden ser para toda la gente o enfocarse en grupos específicos, como niños, jóvenes o adultos mayores. La encargada de coordinar esto es la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria. En pocas palabras, buscan que más personas lean, adaptando las actividades a diferentes necesidades.

Texto oficial

Articulo 13.- El Gobierno de la Ciudad de México través de la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria y las Universidades públicas y privadas, propondrá programas de fomento a la lectura, ya sea para el conjunto de la población o dirigidos a sectores específicos de la misma.

Ver texto oficial de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México (pág. 1) ↗

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