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Ley
Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad de México, junto con dos dependencias (la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria y el Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro), hará campañas para dar a conocer las bibliotecas de la ciudad. El objetivo es que la gente se interese más por la lectura y que visiten las bibliotecas con más frecuencia. Buscan que leer se vuelva un hábito y que la gente se sienta motivada a ir a estos lugares. Es como un anuncio o promoción para que conozcas y uses las bibliotecas de tu ciudad.

Texto oficial

Artículo 14.- El Gobierno de la Ciudad de México a través de la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria y el Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro de la Ciudad de México, realizará campañas de difusión acerca de las bibliotecas de la Ciudad de México, para sensibilizar e incrementar los hábitos de lectura y fomentar la visita a las mismas.

Ver texto oficial de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México (pág. 1) ↗

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