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Ley
Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo que se encarga de promover la lectura va a pedir espacios en la radio, la tele y otros medios del gobierno para hablar de libros y animar a la gente a leer. Estos tiempos son oficiales, es decir, los medios del Estado tienen que darlos sin costo. Así se busca que más personas se interesen por la lectura.

Texto oficial

Artículo 16.- El Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro, gestionará espacios de tiempo oficial en los medios de comunicación para fomentar la lectura.

Ver texto oficial de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.