- Ley
- Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley De Fomento Para La Lectura Y El Libro De La Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro de la CDMX tiene varias tareas para cumplir su objetivo. Ayuda a crear y revisar el programa de fomento a la lectura, y apoya eventos que motiven a leer y a conocer los libros. También impulsa que haya profesionales capacitados en promover la lectura, y une esfuerzos del gobierno con empresas privadas para que la industria del libro crezca de manera justa. Además, busca que todas las personas, incluyendo quienes tienen discapacidad, puedan acceder a bibliotecas y a formatos como el braille o audio, y defiende los derechos de autores, traductores y editores tanto en México como en el extranjero.
Texto oficial
Artículo 24.- El Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro de la Ciudad de México para el cumplimiento de su objeto, tendrá las siguientes atribuciones: Contribuir a la elaboración, seguimiento, evaluación y actualización del programa de fomento a la lectura y al libro de la Ciudad de México; Apoyar todo tipo de actividades y eventos que promuevan y estimulen el libro y el fomento a la lectura que establezca el programa al fomento a la lectura y al libro de la Ciudad de México; Promover la formación y actualización de profesionales en el fomento y promoción a la lectura; Apoyar la concertación de los intereses y esfuerzos del sector público con el sector privado para el desarrollo sostenido y democrático de la industria del libro; Promover el desarrollo de sistemas integrales de información sobre el libro, su distribución, la lectura y los derechos de autor, así como crear una base de datos que contemple: catálogos y directorios colectivos de autores, obras, editoriales, industria gráfica, bibliotecas y librerías disponibles para la consulta en red de cualquier país; Apoyar las actividades en defensa de los derechos del autor, el traductor y del editor dentro y fuera del territorio nacional; Impulsar el incremento y mejora de la producción editorial que dé respuesta a los requerimientos culturales y educativos de la Ciudad de México en condiciones adecuadas de cantidad, calidad, precio y variedad; Apoyar acciones que favorezcan el acceso a las personas con discapacidad a las bibliotecas y a las técnicas de audición de texto y braille; Intervenir como instancia de consulta y conciliación en todos los asuntos concernientes al seguimiento, evaluación y actualización de la política integral de la lectura y el libro, Sugerir a los editores la traducción y publicación de textos editados en lengua extranjera que contribuyan al conocimiento y a la cultura universal; Apoyar a los escritores locales. Sugerir a los editores la traducción y publicación de textos editados en las lenguas indígenas de mayor presencia en la Ciudad de México fortaleciendo con ello su naturaleza intercultural.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.