- Ley
- Ley del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia en el Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la Ley del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el dinero del Fondo solo se puede usar para apoyar eventos de estudio o teoría, como conferencias o cursos, que se hagan en la Ciudad de México. No puede gastarse en otras actividades ni en otros lugares.
Texto oficial
ARTICULO 21.- Para los efectos de la fracción IV del artículo 10 de esta Ley, el Fondo sólo podrá destinar recursos a la promoción, realización o asistencia a eventos académicos y doctrinarios en el Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.