- Ley
- Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y las alcaldías tienen que incluir en los proyectos de construcción de edificios públicos todo lo necesario para tener una red de internet local. Esto quiere decir que deben poner cables de datos, puntos de conexión, acceso a WiFi, un cuarto especial para los equipos de telecomunicaciones, y las instalaciones eléctricas y de enfriamiento que se requieran. Además, la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) puede instalar y poner en funcionamiento toda esta infraestructura para ofrecer internet gratis a la gente, y puede firmar los contratos que necesite para hacerlo, siempre coordinándose con las demás dependencias y alcaldías.
Texto oficial
Artículo 13. La Administración Pública y las Alcaldías deberán considerar en el proyecto de obra de inmuebles públicos, la instalación de infraestructura pasiva y activa necesaria para la red de área local, la cual, de manera enunciativa mas no limitativa, incluye la red cableada de datos, construcción de nodos de datos, puntos de acceso inalámbrico, cuarto de telecomunicaciones, adecuaciones eléctricas y de enfriamiento en cuarto de telecomunicaciones, y equipo de switching y routing. La ADIP podrá llevar a cabo la habilitación e instalación de infraestructura para la prestación del servicio público gratuito de internet, para lo cual podrá celebrar los instrumentos jurídicos necesarios para tal fin, sin perjuicio de la coordinación que lleve a cabo al interior de la Administración Pública y Alcaldías para la instalación de la infraestructura pasiva y activa necesaria para la prestación del servicio público gratuito de internet.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.