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Ley
Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
Artículo
108

Artículo 108 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores que forman parte del Consejo Directivo y todo el personal de la Junta deben cumplir con las reglas de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Eso significa que si hacen algo mal en su trabajo, pueden ser sancionados conforme a esa ley. Además, pueden enfrentar otras consecuencias legales si cometen alguna falta. En pocas palabras, tienen que portarse bien y seguir todas las leyes que les aplican.

Texto oficial

Artículo 108.- Los servidores públicos que integran el Consejo Directivo, así como el personal adscrito a la Junta, dentro del marco de su actuación, estarán sujetos a las disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir.

Ver texto oficial de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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