- Ley
- Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
- Artículo
- 108
Artículo 108 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los trabajadores que forman parte del Consejo Directivo y todo el personal de la Junta deben cumplir con las reglas de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Eso significa que si hacen algo mal en su trabajo, pueden ser sancionados conforme a esa ley. Además, pueden enfrentar otras consecuencias legales si cometen alguna falta. En pocas palabras, tienen que portarse bien y seguir todas las leyes que les aplican.
Texto oficial
Artículo 108.- Los servidores públicos que integran el Consejo Directivo, así como el personal adscrito a la Junta, dentro del marco de su actuación, estarán sujetos a las disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.