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Ley
Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser liquidador, necesitas ser mayor de edad y tener plena capacidad legal para actuar, como firmar contratos. También debes tener título de licenciado en derecho, contaduría o carreras similares, además de experiencia en liquidaciones. Es importante que tengas buena fama y no hayas sido sentenciado por algún delito intencional. No puedes ser parte del patronato, empleado o familiar cercano de quienes trabajan en la institución que se va a liquidar. Tampoco puedes deberle dinero a la institución ni tener intereses personales o económicos en ella.

Texto oficial

Artículo 36.- Para ser liquidador se requiere: Ser mayor de edad y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles; Contar con título profesional de licenciado en derecho, contador público o carrera afín, y contar con experiencia en procesos de liquidación; Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso; No ser miembro del patronato, funcionario o empleado de alguna institución; No ser cónyuge ni tener parentesco consanguíneo o por afinidad o en línea recta sin limitación de grados, colateral dentro del cuarto grado o civil, con los fundadores, miembros del patronato, funcionarios o empleados de la institución sujeta a liquidación; No ser acreedor o deudor de la institución sujeta a liquidación, y No tener interés directo o indirecto en la institución sujeta a liquidación.

Ver texto oficial de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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