- Ley
- Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
- Artículo
- 89
Artículo 89 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno o las autoridades van a revisar una institución (como una escuela, un hospital o una asociación), lo hacen para asegurarse de que todo esté en orden. Revisan que la institución esté haciendo exactamente para lo que fue creada, que sus cuentas y documentos estén correctos, y que todos sus bienes y valores existan realmente. También verifican que todas sus operaciones sean legales, que sus instalaciones sean seguras y limpias, y que los servicios que dan cumplan con la ley. Además, se fijan en que se respeten la integridad física, la dignidad y los derechos humanos de las personas que reciben sus servicios. Cualquier otra cosa que pida la ley también es parte de la revisión.
Texto oficial
Artículo 89.- Las visitas de inspección y/o supervisión que se realicen a las instituciones tendrán como objeto verificar lo siguiente: El exacto cumplimiento del objeto para el que fueron creadas; La contabilidad y demás documentos de la institución; La existencia de los bienes, títulos, efectos o de cualesquiera otros valores que integren el patrimonio de la institución; La legalidad de las operaciones que efectúen las instituciones, así como comprobar que las inversiones estén hechas en los términos de la presente ley; Que los establecimientos, equipo e instalaciones sean adecuados, seguros e higiénicos para su objeto; Que los servicios asistenciales que prestan cumplan con los requisitos establecidos por esta Ley, el Consejo Directivo y otras disposiciones jurídicas aplicables; Que se respete la integridad física, dignidad y los derechos humanos de los beneficiarios, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, y Los demás que establezca esta Ley, el Consejo Directivo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.