- Ley
- Ley del Instituto de Estudios Científicos para la Prevención del Delito en la Ciudad de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley del Instituto de Estudios Científicos para la Prevención del Delito en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a tener un equipo de supervisión interna que depende directamente de la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México. Ese equipo se encarga de revisar y evaluar cómo se manejan los recursos y se hacen las cosas dentro del Instituto, siguiendo las reglas y las instrucciones que dé la Contraloría. En pocas palabras, es como un vigilante interno que se asegura de que todo se haga bien y sin trampas.
Texto oficial
Artículo 25. El Instituto contará con un órgano de control interno adscrito jerárquica, técnica y funcionalmente a la Secretaría de la Contraloría y tendrá a su cargo las actividades relativas al control y evaluación de la gestión pública de la entidad, conforme a la legislación correspondiente y a los lineamientos que emita la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.