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Ley
Ley del Instituto de Estudios Científicos para la Prevención del Delito en la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley del Instituto de Estudios Científicos para la Prevención del Delito en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El órgano de control interno tiene varias tareas importantes. Recibe quejas sobre servidores públicos que no cumplan con sus obligaciones, y aplica castigos según la ley. También puede suspender temporalmente a alguien o resolver inconformidades sobre esas decisiones. Revisa los sistemas de control del Instituto, hace auditorías y verifica que se use correctamente el dinero público. Debe entregar los resultados de esas revisiones a la Contraloría de la Ciudad de México, y mantener actualizados los registros de servidores públicos, incluyendo quiénes han tenido problemas administrativos.

Texto oficial

Artículo 26 .- El órgano de control interno tendrá las siguientes atribuciones: Tramitar las quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, aplicando las sanciones que correspondan en los términos de Ley en la materia. Resolver sobre las suspensiones procedentes y los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas en los procedimientos administrativos; Examinar y evaluar los sistemas mecanismos y procedimientos de control; efectuar revisiones y auditorias, así como vigilar que el manejo y aplicación de los recursos públicos se efectúe conforme a las disposiciones legales aplicables; Presentar a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, los informes resultantes de las auditorias, exámenes y evaluaciones realizados; Actualizar conjuntamente con el área competente el padrón de servidores públicos del Instituto. Administrar, con sistemas de seguridad, la información relativa a los antecedentes de responsabilidad administrativa, y Las demás que le sean señaladas por esta Ley, el Estatuto y otros ordenamientos. TITULO SEXTO DEL PATRIMONIO, DEL PRESUPUESTO Y DEL RÉGIMEN LABORAL CAPÍTULO ÚNICO

Ver texto oficial de la Ley del Instituto de Estudios Científicos para la Prevención del Delito en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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