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Ley
Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Apoyo está formado por varias personas clave. Lo preside el Director General del Instituto. También participan representantes de varias secretarías del gobierno de la Ciudad, como las de Planeación, Obras y Protección Civil. La Contraloría manda a un representante que solo puede hablar, pero no votar. Además, hay profesionistas de universidades y colegios de ingenieros, que deben tener título o especialidad en temas relacionados con la seguridad estructural de los edificios.

Texto oficial

Artículo 13. El Comité de apoyo se integrará por: (Primer párrafo reformado GODF 16/05/2012) El Director General del Instituto, quien la presidirá; Los representantes de las Secretarías de: Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, Obras y Servicios y Protección Civil y de Vivienda. La Contraloría General designará un representante con carácter de invitado permanente, con voz pero sin derecho a voto; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/2025 Un profesionista que represente a las Instituciones de Educación Superior e Investigación radicadas en la Ciudad de México, con carrera o especialidad en Ingeniería Estructural; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/2025 Un profesionista que represente al colegio, sociedad o asociación que mayoritariamente agrupe a los DRO; (Fracción IV. reformada GODF 16/05/2012) Un profesionista que represente al colegio, sociedad o asociación que mayoritariamente agrupe a los Corresponsables en Seguridad Estructural; (Fracción V. reformada GODF 16/05/2012) Un represente de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural; (Fracción VI. reformada GODF 16/05/2012) Un represente de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Sísmica; (Fracción VII. reformada GODF 16/05/2012) Un represente de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Geotécnica; El representante de las Instituciones de Educación Superior e Institutos de Investigación, debe tener cédula profesional y/o especialización en las materias que tienen relación con los fines del Instituto. Los representantes de los Colegios deben tener registro vigente como Corresponsable en Seguridad Estructural o como Director Responsable de Obra. (Fracción VIII. adicionada GODF 16/05/2012)

Ver texto oficial de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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