- Ley
- Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Directivo es el grupo que toma las decisiones importantes del Instituto. Sus tareas principales son: aprobar las reglas generales de cómo debe trabajar el Instituto y controlar cuántos proyectos puede manejar al mismo tiempo un Director Responsable de Obra (el arquitecto o ingeniero a cargo). También eligen al candidato para Director General y lo proponen al Jefe de Gobierno. Aprueban los programas de trabajo, especialmente los que revisan la seguridad de construcciones de alto riesgo, como edificios grandes o complejos. Además, proponen cambios a las leyes de construcción y deciden quiénes pueden ser los especialistas que revisan los diseños y obras.
Texto oficial
Artículo 7. Son atribuciones del Consejo Directivo las siguientes: Aprobar las políticas, normas y lineamientos de actuación del Instituto, así como las bases y criterios para controlar el número de responsivas que simultáneamente pueden otorgar los Directores Responsables de Obra y los Corresponsables, en materia de seguridad estructural; (Fracción I. reformada GODF 16/05/2012) Proponer a la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno al profesionista que deba ocupar el cargo de Director General del Instituto; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/2025 Aprobar los programas y proyectos a cargo del Instituto, especialmente el relativo a la supervisión de la Seguridad Estructural en los proyectos y edificaciones de alto riesgo; Proponer normas y reformas a las disposiciones que regulen la seguridad estructural las construcciones en general, la admisión y capacitación del los Directores Responsables de Obra y Corresponsables, en materia de seguridad estructural; (Fracción IV. reformada GODF 16/05/2012) Proponer profesionales especializados con autorización y registro como Corresponsables en Seguridad Estructural para que se hagan cargo de la función de Revisor de los diseños estructurales, los procesos de construcción y las edificaciones consideradas como alto riesgo; Emitir criterios y directrices generales para la elaboración, emisión y actualización del Arancel para el pago de los honorarios de los Directores Responsables de Obra, Corresponsables y Revisores, en materia de seguridad estructural; (Fracción VI. reformada GODF 16/05/2012) Emitir criterios y directrices generales para la revisión, supervisión y evaluación de diseño estructural en los proyectos, la calidad y seguridad estructural en las obras en construcción y en las edificaciones construidas; para la selección, capacitación, supervisión y en su caso aplicación de sanciones, para controlar el desempeño de los Directores Responsables de Obra y los Corresponsables, en materia de seguridad estructural; (Fracción VII. reformada GODF 16/05/2012) Aprobar las Bases Generales para la contratación de los Directores Responsables de Obra, Corresponsables y Revisores, en materia de seguridad estructural; (Fracción VIII. reformada GODF 16/05/2012) Proponer las Bases Generales para la organización del Acervo Documental de las obras y edificaciones de la Ciudad de México y su operación; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/2025 Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. CAPÍTULO CUARTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
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