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Ley
Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
107

Artículo 107 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El superior jerárquico es el jefe o mando directo que tiene el poder de obligar a la autoridad que perdió un juicio a cumplir la sentencia, o que puede cumplirla él mismo. Si ese jefe no hace lo necesario para que se cumpla lo ordenado por el juez, o si pudiendo cumplir la sentencia no lo hace, entonces él también será responsable, igual que la autoridad que perdió el juicio.

Texto oficial

Artículo 107. Se entiende como superior jerárquico de la autoridad demandada, el que de conformidad con las disposiciones correspondientes ejerza sobre ella poder o mando para obligarla a actuar o dejar de actuar en la forma exigida en la sentencia, o bien para cumplir esta última por sí misma. La autoridad requerida como superior jerárquico, incurre en responsabilidad por falta de cumplimiento de las sentencias, en los mismos términos que la autoridad demandada, sólo en los casos en que no lleve a cabo el requerimiento a la inferior, o no cumpla el propio superior jerárquico, cuando esté facultado para emitir la decisión de que se trate, o para actuar en el sentido que se desprenda de la ejecutoria a cumplir.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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