- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las notificaciones son avisos oficiales sobre lo que pasa en tu juicio. Este artículo dice que, cuando no sea obligatorio que te notifiquen en persona o por medios digitales, te van a avisar publicando una lista en un lugar visible del juzgado, justo al mediodía. En esa lista van a aparecer tu nombre, el número de tu expediente (como el folio de tu caso) y qué tipo de acuerdo o decisión se tomó. El juzgado también tiene que anotar en el expediente la fecha en que se publicó esa lista para que quede registro.
Texto oficial
Artículo 19. Las notificaciones que deban hacerse a las partes, y que no deban ser personales, o digitales, se harán por lista autorizada que se fijará en lugar visible del local de la Sala que emitió la resolución, a las doce horas. La lista contendrá nombre de la persona, expediente y tipo de acuerdo. En los autos se hará constar la fecha de la lista.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.