- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 34 dice que cuando un juez o magistrado dice que no puede participar en un caso porque tiene un impedimento (como un conflicto de intereses), la Sala Superior va a decidir si ese impedimento es válido o no. Para eso, lo revisan en una reunión oficial y lo califican. Si al momento de votar hay un empate entre los miembros de la Sala Superior, el Presidente de la misma tiene el voto decisivo para romper el empate.
Texto oficial
Artículo 34. El impedimento base de la excusa, se calificará por la Sala Superior en el acuerdo en que se dé cuenta del mismo. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.