- Ley
- Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si estás en un proceso de mediación o conciliación, tienes obligaciones que cumplir. No puedes platicar fuera de las sesiones lo que se habla adentro, todo debe quedar entre los que participan. También debes portarte bien, llegar con respeto y seguir las reglas que te pongan durante el proceso. Tienes que ir personalmente a todas las juntas que te citen, sin falta. Y al final, si firman un acuerdo, estás obligado a cumplirlo al pie de la letra, ya sea dando algo, haciendo algo o dejando de hacer algo.
Texto oficial
Artículo 11. Las partes están obligadas a: Mantener la confidencialidad de los asuntos durante su trámite; Conducirse con respeto, cumplir las reglas de mediación o conciliación y observar un buen comportamiento durante el desarrollo del procedimiento; Asistir a cada una de las sesiones de mediación o conciliación personalmente; Cumplir con las obligaciones de dar, hacer o no hacer establecidas en el convenio; y, Las demás que se deriven expresamente del convenio CAPÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.