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Ley
Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para empezar con la mediación o conciliación, tú o cualquier persona interesada deben pedirlo por escrito. En esa solicitud tienes que poner tus datos, de qué se trata el problema, que aceptas participar en este método para resolverlo, y el nombre y dirección de la otra persona para que la inviten a una junta. Antes de que tramiten tu petición, el personal del centro te explicará en qué consiste cada opción, en qué se diferencian, hasta dónde llegan, y las reglas que debes seguir. También te dejarán claro que el proceso solo se hace si ambas partes están de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 13. El procedimiento de mediación o conciliación se iniciará a petición de parte interesada, mediante la solicitud en la que deberá expresar sus datos personales, el asunto a resolver, su voluntad de vincularse a un mecanismo alternativo de solución de controversias, el nombre y domicilio de la persona con la que se tenga el conflicto, a fin de que ésta sea invitada a asistir a una sesión de mediación o conciliación, según el caso. Previo al trámite de su solicitud, el personal, responsable de la aplicación de los medios alternativos de solución de controversias, le debe hacer saber a la persona solicitante en qué consiste el procedimiento de mediación o conciliación, la diferencia entre ambos medios, sus alcances, así como las reglas a observar, y que éste sólo se llevará a cabo con el consentimiento de ambas partes.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.