- Ley
- Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El mediador es la persona que ayuda a resolver conflictos sin llegar a un juicio. Este artículo dice que ese mediador no puede declarar como testigo en ningún juicio sobre los casos en los que ayudó. Esto es porque todo lo que se dice en una mediación es confidencial y debe mantenerse en secreto profesional. En pocas palabras, si participaste en una mediación, el mediador no puede contar lo que pasó en un juzgado.
Texto oficial
Artículo 26. El mediador no podrá actuar como testigo en procedimiento legal alguno relacionado con los asuntos en los que participe, en términos del principio de confidencialidad que rige a la mediación y al deber del secreto profesional que les asiste.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.