- Ley
- Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 39 dice que el Director General, los trabajadores del Centro y los Secretarios Actuarios (que son los que dan fe de lo que pasa en los juicios) que actúan como mediadores tienen que hacerse responsables si cometen alguna falta o delito mientras hacen su trabajo. Esto significa que si se portan mal o incumplen la ley, serán castigados según lo que digan las leyes que aplican para los servidores públicos, como la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México o la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. En pocas palabras, si un mediador comete un error o un delito en su cargo, le toca pagar las consecuencias con sanciones legales.
Texto oficial
Artículo 39. El Director General, los servidores públicos del Centro, así como los Secretarios Actuarios, en funciones de mediador, son responsables de las faltas y/o delitos que cometan en el ejercicio de sus encargos y quedarán por ello sujetos a los procedimientos y sanciones que determinen la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás leyes aplicables. CAPÍTULO NOVENO DEL SERVICIO PRIVADO DE MEDIACIÓN
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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