- Ley
- Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
- Artículo
- 46
Artículo 46 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 46 dice que el Expediente Electrónico (que es como un archivo digital de documentos legales) va a funcionar según las reglas que apruebe el Consejo. Además, debe tener sistemas seguros para que la información no se pierda, no se pueda modificar sin permiso, sea auténtica, esté protegida y solo la vean quienes deben verla.
Texto oficial
Artículo 46. El Expediente Electrónico operará de conformidad con los lineamientos que apruebe el Consejo y deberá contar con mecanismos confiables de seguridad, disponibilidad, integridad, autenticidad, confidencialidad y custodia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.