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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-mejora-regulatoria/60
Ley
Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Artículo
60

Artículo 60 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad se encarga de vigilar que las autoridades y dependencias atiendan las quejas o protestas que haga la ciudadanía. Cada año, la Unidad le tiene que reportar al Consejo cómo se manejaron esas quejas. En pocas palabras, alguien se asegura de que te escuchen y luego informan si resolvieron o no tu problema.

Texto oficial

Artículo 60. La Unidad dará seguimiento a la atención que los Sujetos Obligados y los órganos competentes en materia de responsabilidades den a la Protesta Ciudadana. De lo anterior, se informará anualmente al Consejo. CAPÍTULO TERCERO DE LA AGENDA REGULATORIA

Ver texto oficial de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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