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Ley
Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Artículo
75

Artículo 75 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Programas son como un plan de trabajo que sirve para mejorar los trámites y servicios del gobierno. Las dependencias obligadas (como secretarías u oficinas) deben enviar a la Unidad su plan con las mejoras que harán, el cual dura un año, y cada seis meses deben reportar cómo van avanzando. La Unidad será la encargada de sugerir al Consejo las reglas para definir metas, fechas, formatos y formas de medir los resultados de estos planes.

Texto oficial

Artículo 75. Los Programas son una herramienta programática, complementaria a la Estrategia y tienen por objeto mejorar las Regulaciones e implementar acciones de Simplificación Administrativa de Trámites y Servicios. Los Sujetos Obligados harán llegar a la Unidad su Programa, con vigencia de un año, en relación con las Regulaciones, Trámites y Servicios que aplican, así como reportes semestrales sobre los avances correspondientes. La Unidad propondrá al Consejo los lineamientos para establecer los objetivos, metas, calendarios, mecanismos, formularios e indicadores para la implementación de los Programas.

Ver texto oficial de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

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