- Ley
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
- Artículo
- 48
Artículo 48 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Programas de las Alcaldías son los planes que cada alcaldía en la Ciudad de México usa para guiar sus acciones inmediatas contra el cambio climático, pero también pensando en el futuro. Estos planes deben ir de la mano con lo que dice la Estrategia Local, que es el plan general de la ciudad. Básicamente, cada alcaldía tiene su propio programa para cuidar el medio ambiente a corto y largo plazo.
Texto oficial
Artículo 48. Los Programas de las Alcaldías son el instrumento programático rector de corto plazo de la política de cambio climático en cada una de las demarcaciones de la Ciudad de México, con proyecciones de largo plazo, de acuerdo con la Estrategia Local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.