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Ley
Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Artículo
59

Artículo 59 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 59 dice que, si cumples con ciertas acciones para cuidar el medio ambiente, te pueden dar descuentos o apoyos en tus impuestos. Estas acciones son las que están marcadas en la misma ley sobre cómo la Ciudad de México enfrenta el cambio climático. También aplica para lo que digan los planes oficiales sobre el clima. En pocas palabras, si ayudas a reducir el calentamiento global, el gobierno te puede premiar con beneficios fiscales.

Texto oficial

Artículo 59. Se consideran prioritarias, para el efecto del otorgamiento de los beneficios y estímulos fiscales que se establezcan conforme a las leyes respectivas; las acciones establecidas en esta Ley respecto de la Política de la Ciudad de México de mitigación y adaptación y en los instrumentos de planeación en materia de cambio climático.

Ver texto oficial de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.