- Ley
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Fondo tiene un grupo especial llamado Comité Técnico Ambiental, formado por varias personas que se reúnen para asesorar y ayudar al gobierno de la Ciudad de México. Este comité no solo da consejos técnicos, sino que también toma decisiones sobre cómo manejar el Fondo. Es como un equipo de expertos que apoya a la administración pública para que las cosas se hagan bien en temas ambientales.
Texto oficial
Artículo 72. El Fondo contará con un Comité Técnico Ambiental, que es un órgano colegiado de asesoría, apoyo técnico y decisión de la Administración Pública de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.