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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-mitigacion-adaptacion-cambio-climatico-desarrollo-sustentable/89
Ley
Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Artículo
89

Artículo 89 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno y la sociedad deben apoyar los estudios y las nuevas tecnologías que ayuden a cuidar el medio ambiente. Esto significa que es importante crear inventos y mejoras técnicas que nos permitan vivir sin dañar el planeta, aguantar mejor los problemas del clima y contaminar menos. Por ejemplo, buscar formas de usar energía limpia o producir cosas sin generar tanto desperdicio. En pocas palabras, la ley dice que es prioridad de todos impulsar ideas verdes para tener un futuro más sano.

Texto oficial

Artículo 89. Son de interés público la investigación, desarrollo e innovación técnica y tecnológica que sirvan de base para transitar hacia un modelo de desarrollo sustentable, resiliente y bajo en emisiones.

Ver texto oficial de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.