- Ley
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
- Artículo
- 91
Artículo 91 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a trabajar junto con la Secretaría de Educación de la Ciudad de México para proponer y crear investigaciones. Estas investigaciones se enfocarán en desarrollar herramientas, técnicas o métodos nuevos para enfrentar el cambio climático. El objetivo es que ayuden a reducir sus efectos y a adaptarse a lo que ya está pasando en la ciudad.
Texto oficial
Artículo 91. La Secretaría coadyuvará con la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México en la propuesta y desarrollo de líneas de investigación específicas para generar tecnología, técnicas, o métodos para la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático en la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.