- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 227
Artículo 227 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayas con un notario a revisar un documento específico, como un contrato o escritura, el notario va a checar cómo está redactado, qué dice en cada cláusula y las declaraciones que contiene. También, si aplica, va a verificar cómo está ese documento en el Registro Público, o sea, si está legalmente inscrito o tiene algún problema. En pocas palabras, el notario se asegura de que todo esté en orden y sin errores.
Texto oficial
Artículo 227. Si la visita tiene por objeto un instrumento determinado, se examinará la redacción, sus cláusulas y declaraciones, así como en su caso su situación registral.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.