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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-notariado/254
Ley
Ley del Notariado para la Ciudad de México
Artículo
254

Artículo 254 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Archivo General de Notarías debe avisar a la Dirección General Jurídica cuando un notario no cumpla con lo que dice la ley o sus reglamentos. Esto lo hacen para que puedan aplicar las sanciones que correspondan, como multas o suspensiones. El aviso debe darse a tiempo, sin retrasos. Es una forma de asegurarse de que los notarios hagan bien su trabajo.

Texto oficial

Artículo 254. El Archivo General de Notarías para la aplicación de las sanciones que procedan comunicará oportunamente a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, los casos en que los Notarios en el ejercicio de sus funciones no cumplan esta ley o sus reglamentos.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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