- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 272
Artículo 272 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La parte más alta de la universidad, que se llama Decanato, va a elegir y también puede quitar a un grupo especial de personas que trabajan ahí. Este grupo se llama Comisión de Arbitraje, Legalidad y Justicia y debe tener un número impar de miembros, como 3, 5 o 7. Además, el Decanato también elige y puede cambiar al jefe de esa comisión. En pocas palabras, el Decanato decide quién está en ese equipo y quién lo lidera.
Texto oficial
Artículo 272. El Decanato designará y removerá de entre sus integrantes a una Comisión de Arbitraje, Legalidad y Justicia formada por un número impar de sus miembros en ejercicio y designará y removerá al presidente de dicha Comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.