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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-notariado/277
Ley
Ley del Notariado para la Ciudad de México
Artículo
277

Artículo 277 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te nombren decano o para algún puesto en el decanato, tienes la obligación de aceptar el cargo y cumplirlo con mucha dedicación y rapidez. No puedes decir que no o hacerte wey; tienes que ponerte las pilas y hacer tu trabajo lo más pronto y bien que puedas.

Texto oficial

Artículo 277. El designado al Decanato o a una de sus comisiones estará obligado a aceptar su nombramiento y a desempeñar su encargo con el mayor celo y celeridad posibles.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.