- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 277
Artículo 277 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te nombren decano o para algún puesto en el decanato, tienes la obligación de aceptar el cargo y cumplirlo con mucha dedicación y rapidez. No puedes decir que no o hacerte wey; tienes que ponerte las pilas y hacer tu trabajo lo más pronto y bien que puedas.
Texto oficial
Artículo 277. El designado al Decanato o a una de sus comisiones estará obligado a aceptar su nombramiento y a desempeñar su encargo con el mayor celo y celeridad posibles.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.